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EMMA - Nuevo Régimen Económico Especial

En la República de Panamá, han existido distintos regímenes especiales que buscan promover la competitividad y la inversión extranjera en Panamá, a este grupo de normativas se une la reciente ley aprobada y publicada en Gaceta oficial Nº 159 de 31 de agosto de 2020, la cual crea el Régimen Especial para el Establecimiento y la Operación de Empresas Multinacionales para la Prestación de Servicios Relacionados con la Manufactura (EMMA).

Para ampliar el conocimiento de esta nueva normativa es necesario desarrollar dos conceptos que contiene dicha ley, en la cual se define como Empresas Multinacionales la persona jurídica que tenga su casa matriz en Panamá o en algún otro país, desarrolle actividades productivas, comerciales, financieras o de servicios en diversos países o en diferentes regiones de nuestro país.

Estas pueden tener su relación comercial con otras sucursales, filiales, subsidiarias o empresas asociadas en Panamá, siempre y cuando pertenezcan al mismo grupo económico.


Actividades contempladas en el Régimen EMMA

La actividad de manufactura se desarrolla como aquella dedicada a la fabricación de bienes mediante un proceso de transformación de materias primas y de producción semielaborados. Dentro de las actividades que pueden realizar estas empresas bajo la nueva normativa se encuentran detalladas de la siguiente manera:

  1. Servicios relacionados con las manufacturas, ensamblaje, mantenimiento y reparación y re-manufactura de productos, maquinarias y equipo prestados a empresas del Grupo empresarial.

  2. Acondicionamiento de productos prestados a empresas del Grupo Empresarial.

  3. Desarrollo de productos, investigación o innovación de productos o procesos existentes prestados a empresas del Grupo Empresarial.

  4. Análisis de Laboratorios, prueba u otros relacionados con la manufactura prestados a empresas del Grupo Empresarial.

  5. Logística, como el almacenamiento, despliegue y centro de distribución de componentes o partes, requeridos para la prestación de los servicios relacionados con la manufactura.

Cabe mencionar que no se considerarán empresas multinacionales, ni empresas sujetas al régimen de Empresas Multinacionales dedicas para la prestación de Servicios Relacionadas con la Manufactura, aquellas que directamente brinde servicios a clientes o a empresas distintas o ajenas a su Grupo Empresarial.


Registro y Supervisión de las EMMA

Todo lo concerniente a las empresas que se encuentren dentro del régimen especial EMMA, serán llevados por la ya existente Comisión de Licencias de Empresas Multinacionales, creada mediante la Ley 42 de 2007. Toda vez que mediante la Ley 159 de 2020, se les otorga facultades y responsabilidades respecto a las empresas dedicadas a los servicios de manufactura.


Requisitos


Para obtener la licencia de EMMA, se requiere presentar ante la Comisión de Licencias de Empresas Multinacionales los siguientes requisitos:


  1. Los activos de la empresa multinacional

  2. Los lugares o las empresas filiales, casa matriz o subsidiarias de operaciones de la empresa multinacional.

  3. Las actividades u operaciones comerciales o industriales que realiza la empresa multinacional.

  4. La cotización de acciones en la bolsa de valores locales o internacionales.

  5. EL mínimo de empleados a tiempo completo y los gastos operativos anuales de la empresa multinacional en la República de Panamá. En ambos casos deberán ser adecuados a la naturaleza del negocio llevado a cabo por la empresa.

  6. Cualquier otro elemento o información que requiera la Comisión.


Beneficios Fiscales

Las empresas registradas que cuenten con la licencia EMMA, gozaran de los siguientes beneficios:

  1. Tarifa del 5% del impuesto sobre la renta neta gravable en la República de Panamá.

  2. Inclusión como gastos deducibles del impuesto sobre la renta, las remuneraciones laborales de todos sus empleados.

  3. Crédito aplicable al impuesto sobre la renta, del importe pagado a este concepto o análogo en el extranjero, respecto a la renta neta gravable en Panamá, producto de la prestación de servicios a no residentes.

  4. Exoneración del pago de impuesto de dividendo, complementario e impuesto a las sucursales, sin distinción de fuente local, extranjera o exenta.

  5. Excepción del uso de impresora fiscal.

  6. Exoneración de las obligaciones de obtención de aviso de operaciones.

  7. Tarifa de 2% para las ganancias de capital producto de la enajenación de acciones o valores.

  8. Excepción del pago de ITBMS, por la compra e importación de bienes o servicios en la República de Panamá.

  9. Exoneración del Impuesto de importación.

Incentivos Laborales y Migratorios

  1. Visa de personal temporal o dependiente de extranjero que brinde servicios a nivel operativo o de entrenamiento, por un término de 2 dos años prorrogables, al igual que su respectivo permiso de trabajo.

  2. Visa de personal permanente o dependiente de extranjero que labore en una empresa EMMA.

  3. Residencia Permanente de personal de Empresas Multinacionales.

Estabilidad Jurídica de la Inversión

Las Empresas multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura gozarán de manera automática de la estabilidad de la inversión contemplada en la ley 54 de 1998.


Esta ley tendrá vigencia a partir del 1 de diciembre de 2020.

Esta nueva ley, entra a jugar un papel muy importante dentro de los mecanismos de atracción a la inversión extranjera, ya que brinda una estructura de incentivos y beneficios para las empresas que desarrollen estas actividades, por lo que en HCK Legal, le asesoramos en todo el proceso para la Inscripción y Registro de Las Empresas Multinacionales para la Protección de los Servicios Relacionados con la Manufactura (EMMA) y así puedan desarrollar sus actividades comerciales de forma competitiva.


Consúltenos para mayores detalles:

David Hidalgo


Derecho Empresarial, Tributario y Penal.


dhidalgo@hck.legal

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