La Ley 160 de 1 de septiembre de 2020, detalló nuevas directrices sobre la amnistía tributaria, aquí detallamos lo que debes saber:
Se extiende el plazo de la amnistía tributaria hasta el 31 de diciembre de 2020, para las deudas generadas hasta el 29 de febrero de 2020.
Los arreglos de pagos en amnistía realizados hasta el 29 de febrero de 2020, podrán ser cancelados hasta el 31 de diciembre de 2021.
Los arreglos de pagos realizados posterior al 29 de febrero de 2020, podrán ser cancelados hasta el 30 de abril de 2021, con un beneficio del 85% menos de los recargos e intereses.
Los informes tributarios que debieron ser presentados hasta el 29 de febrero de 2020, podrán ser presentados hasta el 31 de diciembre de 2020, sin la generación de ningún tipo de multa.
Cualquier deuda tributaria generada producto de una actualización o presentación de declaraciones de rentas extemporáneas, que correspondan a periodos antes del 29 de febrero de 2020, serán beneficiadas con la ley de amnistía tributaria.
Para cualquier aclaración contáctenos a consultas@hck.legal
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