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Nueva Ley de Emprendimiento

Foto del escritor: HCK LegalHCK Legal

“Que crea las Sociedades de Emprendimiento de Responsabilidad Limitada en la República de Panamá”.


El hasta ahora Proyecto de Ley No. 083, crea una nueva figura jurídica en la República de Panamá que tiene como objetivo formalizar de una manera más rápida y económica a los emprendedores y a la vez dotarlos de las herramientas necesarias para iniciarse como comerciantes. Actualmente este proyecto está pendiente de ser sancionado por el Órgano Ejecutivo.

Entre otro de los objetivos está el crear un régimen especial para la constitución y fortalecimiento de las sociedades de emprendimiento de responsabilidad limitada y, en particular, promover la cultura del emprendimiento. A la vez, busca brindar apoyo al desarrollo, estabilización y crecimiento de la actividad de emprendimiento mediante de incentivos gubernamentales directos e indirectos.


Actividades excluidas:

  1. Aquellas que se indican en los artículos 23 y 24 de la Ley 23 de 2015 (Sujetos Obligados no financieros y Actividades realizadas por profesionales sujetas a revisión)

  2. Que sean o tengan relación a los bares, cantinas, discotecas, parrilladas

  3. Que sean o tengan relación a las casas de ocasión, de hospedaje, hoteles u hostales

  4. Que sean o tengan relación al transporte, comercialización, fabricación o distribución del bebidas alcohólicas o tabaco.

Recordemos que el objeto de esta ley es buscar e incentivar un beneficio que además de lo económico sea social.

El capital mínimo de toda sociedad enmarcada dentro de esta Ley deberá ser de B/.500.00 y la misma no tendrá que pagar tasa única.

Estas sociedades de emprendimiento tendrán un límite de ingresos brutos anuales, si el ingreso anual es de B/.150,000.00 entraría como una Micro Empresa y si supera esa suma que no se exceda de B/.1,000,000.00 sería calificada como Pequeña Empresa. Ante estos casos la sociedad de emprendimiento de responsabilidad limitada deberá cambiar a otra modalidad de persona jurídica.

Estos límites serán verificados cada 4 años por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, de igual manera debe subirse al portal de Panamá Emprende que corresponda la información de los estados financieros de la sociedad, de esto no darse dentro del periodo estipulado en más de dos ocasiones dará lugar a la disolución de la sociedad.


¿Qué pasa si al momento de que se apruebe el Proyecto Ley quisiera transformar mi sociedad en una sociedad de emprendimiento de responsabilidad limitada?

Es posible, siempre y cuando el ingreso bruto anual no exceda lo indicado en el punto anterior y que la actividad a la que se dedica no esté dentro de las exclusiones. Además, deberá tener menos de tres (3) años de estar operando en el país.

Adicional a la exención en el pago de tasa única, tampoco tendrán la obligación de utilizar máquina fiscal, y estarán exentas de impuestos los dos primeros años de funcionamiento.

Transcurridos cuatro (4) años de la Sociedad de Emprendimiento de Responsabilidad Limitada terminarán los beneficios e incentivos como la obligación del pago de tasa única, la obligación de impresora fiscal, entre otros.


Estudios han demostrado que la mayoría de los emprendimientos dan un vuelco al tercer año, registrando un mayor porcentaje de mortalidad, solo un 10% a 15% logra sobrevivir, resultado en gran medida debido al progresivo agotamiento de recursos. Al esta Ley brindar estos atractivos beneficios fiscales y demás, durante los primeros 4 años, amplía las oportunidades de éxito y subsistencia de las empresas que califican como sociedades de emprendimiento de responsabilidad limitada.

Por otro lado, es importante notar que a pesar de que esta ley permitirá la creación de dichas sociedades especiales de forma directa, se debe tener presente que el éxito de los emprendimientos esta supeditado a varios factores legales muy importantes (contratos comerciales, contratos de asociación, requerimientos especiales aplicados a sectores específicos, registros contables, protección de marcas y más), por lo que recomendamos siempre mantener la asesoría legal calificada y experta en sus sectores comerciales para proteger y fortalecer su emprendimiento.





Marnie Cedeño


Derecho Empresarial y Derecho Laboral


mcedeno@hck.legal

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